Cualquiera familia o unidad de convivencia que cumpla los siguientes requisitos:

Haber realizado el curso de formación y tener la valoración de idoneidad por parte de la Consejería de Bienestar Social.

Para recibir la ayuda económica, la renta por capita de la unidad familiar no podrá superar la cuantía anual que se especifique en la orden.